TESTIMONIO: VISTO: El Expediente Nº 104/91, y CONSIDERANDO: Que es procedente proporcionar a las empresas con grandes consumos la existencia de las escalas tarifarlas para medianas y grandes potencias que tiene la E.S.E.B.A. en su cuadro tarifario, permitiendo mediante convenios indi-viduales que los mismos puedan acceder a tarifas sensiblemente menores a las ac-tuales, sobre la base de poder restringir el consumo en las horas pico. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 38/91 --------------------------------- ARTICULO 1.- La Cooperativa de Electricidad General Balcarce Limitada incluirá ------------ en su cuadro tarifario las categorías de medianas y grandes poten- cias de la E.S.E.B.A. - tarifas IV , IVa , IVb , y V -, con los valores y meto-dología de cálculo que establezca la empresa provincial, con la salvedad que el ente prestador local puede pactar condiciones de prestación y tarifas adecuadas a la realidad empresaria local, tomando como tope tarifario el dispuesto por la E.S.E.B.A. para cada período de consumo.--------------------------------------- ARTICULO 2.- La Cooperativa de Electricidad General Balcarce Limitada comunica- ------------ rá a la Municipalidad los convenios que efectúe, y someterá a apro- bación, como es de práctica, los valores tarifarios que aplique en función de la presente.----------------------------------------------------------------------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los ocho días del mes de mayo de mil novecientos noventa y uno. FIRMADO: Carlota A. Alvarez de Rodríguez - PRESIDENTA - Juan José Troya - SECRETARIO.---